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XV - 0385 - 2004

Ley
PROVINCIA DE SAN LUIS  2004 - SALARIO MÍNIMO VITAL Y MÓVIL.
Boletín nro:12624
Fecha de Sanción: 03/03/2004
Fecha de Publicacion: 22/03/2004
FÍJASE EN TODO ÁMBITO DE LA PROVINCIA EL SALARIO MÍNIMO, VITAL Y MÓVIL. EN PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($450), PESOS DIECIOCHO ($18) Y PESOS DOS CON VEINTICINCO CENTAVOS ($2,25). PARA EL TRABAJADOR CON REMUNERACIÓN CONTRATADA POR MES, POR DÍA O POR HORA. LAS DISPOSICIONES DE LA PRESENTE LEY SON DE ORDEN PÚBLICO RIGIENDO PARA LA ACTIVIDAD PRIVADA Y PÚBLICA. LA PRESENTE SE CONSIDERA CONDICIÓN DE CUMPLIMIENTO A LEYES Nº 22021 Y 22702. DEROGA LEY Nº 5244.

SALARIO MÍNIMO - VITAL Y MÓVIL - REMUNERACIÓN - 

Decreto Relacionado:

Decreto 0578/04 (publicado 22/03/2004)


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