Ley
PROVINCIA DE SAN LUIS
2004 - BENEFICIOS PARA JUBILADOS Y PENSIONADOS
Boletín nro:12640
Fecha de Sanción: 07/04/2004
Fecha de Publicacion: 28/04/2004
LAS PERSONAS JUBILADAS Y PENSIONADAS NACIONALES O PROVINCIALES QUE RESIDAN EN LA PROVINCIA DE SAN LUIS CON HABER PREVISIONAL MÍNIMO Y SIENDO TITULAR DE UN ÚNICO BIEN INMOBILIARIO. GOZARÁ DE LOS SIGUIENTES BENEFICIOS: DESCUENTOS A PAGOS DE IMPUESTOS INMOBILIARIOS PROVINCIALES, ACCESO LIBRE Y GRATUITOS A TODA CLASES DE ESPECTÁCULOS, A MEDIOS DE TRANSPORTES, PROGRAMA DE SALUD, PLANES TURÍSTICOS Y PREFERENTEMENTE A PLANES DE VIVIENDA. DEROGA LEY Nº 5286.